Pº General Martínez Campos 21, Madrid
tel. 91 594 40 11 // 91 594 41 13
fax. 91 593 08 79
info@notariaramallo.es



Cómo llegar en Metro a Notaría Ramallo Madrid  Iglesia, Gregorio Marañon
  y Rubén Darío

Autobuses urbanos de Madrid  5, 16 y 61

  Pº General Martínez Campos 11
  Pº General Martínez Campos 42
  c/ Viriato 6




Horario de verano:   

Lunes a Viernes   
de 9 a 14h   



Horario de invierno
:   
Lunes a Viernes   
de 9 a 14h   
Martes y Jueves   
de 17 a 19h  



  Herencias

Concepto

Documento publico por el cual los herederos aceptan y se reparten los bienes del fallecido de acuerdo con el testamento o declaración de herederos y su voluntad.

- Es recomendable realizar un estudio desde el punto de vista fiscal del documento, en la Comunidad de Madrid tiene una Bonificación del 99% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, siempre que se realicen de padres a descendientes, o a ascendientes y entre cónyuges o parejas de hecho.

- El notario asesora la forma mas adecuada de realizar el documento conforme a la voluntad de los herederos y del fallecido.

 

Documentación

Si el fallecido dejo testamento:
- Copia autorizada del testamento.
- Certificación de defunción y ultimas voluntades.

Si falleció sin testamento:
- Copia autorizada del acta de declaración de herederos.

En ambos casos:
- La identidad de los herederos (DNI vigentes y domicilios actualizados).

 

Inventario de Bienes

Activo

- Títulos de propiedad de los bienes inmuebles y certificaciones o extracto de las cuentas existentes, incluidos fondos de inversión, títulos valores, etc al tiempo del fallecimiento, se realiza por las entidades de credito (bancos y cajas de ahorro).
- Recibos de IBI (contribución) de los inmuebles, y valoración que les atribuyen.

Pasivo

- Los documentos que acrediten las deudas pendientes al tiempo del fallecimiento.
- Facturas de los gastos de Ultima enfermedad, entierro y funeral, que son baja a efectos fiscales, siempre que sean pagados por los herederos. (No lo son si se pagan con cargo a la herencia)

Los notarios incorporarán un Certificado de Seguros de Cobertura de fallecimiento, que podrá o no incorporarse al Caudal hereditario.
Es conveniente el asesoramiento del notario en la forma de distribución de los bienes de la herencia.


Aviso legal