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En notaría Madrid Ramallo vamos a intentar explicar las:
DIFERENCIAS ENTRE HEREDERO Y LEGATARIO
Según el artículo 660 CC el heredero sucede a título universal, es decir, sucede en la titularidad de sus bienes y deudas, mientras que el legatario sucede a título particular, es decir, adquiere bienes concretos determinados por el testado...Ampliar la noticia Notaría Madrid Ramallo: Desde notaría Madrid Ramallo sabemos que cuando se produce el fallecimiento de un familiar, en muchas ocasiones, el “papeleo” que se origina nos agobia, y por ello, vamos a intentar hacer un esquema de los pasos a seguir en caso de querer aceptar una herencia ante notario.
Lo primero es reunir los documentos que n...Ampliar la noticia Notaría Ramallo en Madrid informa:
El código civil dice que la aceptación o renuncia de la herencia es un acto voluntario, que no puede hacerse de forma parcial. La renuncia de herencia tiene que ser expresa y se hace acudiendo a la notaría.
Existen dos maneras de aceptar la herencia: pura y simplemente o a beneficio de inventario....Ampliar la noticia -